Modelos de bodegas para residuos hospitalarios

Bodegas Reas

Bodega Reas 4.1M2

Bodegas Reas

Bodega Reas 10M2

Bodegas Reas

Bodega Reas 15M2

Preguntas frecuentes sobre las bodegas de residuos hospitalarios

¿Qué es una bodega de REAS?

Una bodega REAS es un sitio que reúne determinadas características para almacenar de manera transitoria productos provenientes de establecimientos de salud, los cuales, si son eliminados/dispuestos de manera incorrecta, generan daño en la salud de personas/animales y medio ambiente.

¿Quiénes deben tener una bodega REAS?

Todas las empresas o establecimiento de salud que generen residuos con agentes patógenos en concentración o cantidades suficientes para causar enfermedad a un huésped.

¿Qué tipos de residuos especiales existen?

TIPOLOGÍA

DEFINICIÓN

Cultivos

Vacunas, placas de cultivo de laboratorio, mecanismos para inocular

Residuos patológicos

Restos biológicos, tejidos, órganos, partes del cuerpo, fluidos corporales

Sangre y derivados

Gasas, algodones, sueros siempre que estén saturados de sangre

Cortopunzantes

Agujas, bisturí, pipeta Pasteur, cristalería, etc.

Residuos animales

Cadáveres o partes de animales, así como sus camas pues estuvieron expuestos a agentes infecciosos.

¿Qué son los RESIDUOS SOLIDOS ASIMILABLES A DOMICILIARIOS (RSAD)?

Son residuos generados en establecimientos de salud, que por sus características pueden ser entregados a la recolección municipal y dispuesto en un relleno sanitario.

Ej: Material de limpieza de salas y pasillos, papeles y artículos de oficina, gasas y algodones no saturados con sangre, cajas de cartón, plásticos, entre otros.

¿Qué consideraciones debo tener frente a SEREMI?

“Art. 10, D.S N°6: Todo establecimiento de atención de salud que genere más de una tonelada mensual de residuos especiales deberá presentar, ante la respectiva autoridad sanitaria, un Plan de Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud dentro del plazo de seis meses contados desde su inicio de actividades (…)”

Además, Según el Art. 27, de manera trimestral deberá entregar un informe a SEREMI que indique el establecimiento de origen y la cantidad de residuos especiales eliminados.

¿Dónde debo almacenar mis REAS?

En contenedores, los cuales tendrán determinadas características según el Art. 12 del decreto. Asimismo, estos contenedores deberán ser dispuestos en un área/sala/bodega de almacenamiento la cual debe contar con la correspondiente autorización sanitaria emitida por SEREMI.

¿Qué características debe tener una bodega REAS para dar cumplimiento normativo?

En virtud de lo señalado en el Artículo 22 del D.S. N°6 , las características constructivas que debe tener una bodega de almacenamiento son:

  • Capacidad suficiente para almacenar diferentes residuos
  • Contar con puertas de cierre provistas de cerrojos
  • Iluminación artificial y ventilación adecuada
  • Piso y paredes revestidas con material listo, resistente, lavable e impermeable
  • Pendiente de al menos 2%
  • Área de lavado y desinfección de contenedores
  • Lavamanos suficiente para permitir el aseo del personal
  • Llevar registro de los residuos recibidos

¿En qué consiste la autorización sanitaria?

Es el permiso que otorga SEREMI de Salud para el correcto funcionamiento de las instalaciones de almacenamiento. Para optar a esta autorización se deben presentar una serie de documentos que acrediten las condiciones de la bodega y del lugar de trabajo.

¿Mi bodega REAS necesita autorización sanitaria para su funcionamiento?

En base al Art.21 del D.S N°6:

Todo establecimiento que genere REAS deberá contar con, al menos, un área o sala de almacenamiento para los residuos (…) Dicha sala o área deberá contar con autorización emitida por la autoridad sanitaria competente, a la que asimismo deberá entregarse copia del respectivo plan de operación.